El próximo miércoles, a las 10:00, en el Centro Cultural San Fernando, se reunirá una comisión de la Plataforma de Directores ZS GC con representantes del Iltre. Ayto. de San Bartolomé de Tirajana para estudiar las funciones de los guardianes de bienes de este municipio.
DOCUMENTO ENTREGADO POR EL CONCEJAL DE EDUCACIÓN DEL AYTO. DE S. BTMÉ DE TIRAJANA (D. ÁNGEL LÓPEZ NAVARRO) EN REUNIÓN DE DIRECTORES DEL CURSO 2005/06
FUNCIONES DE LOS VIGILANTES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS
1.- Todos los Colegios tienen un Vigilante que debe residir en el Colegio, donde éste lo permita por tener vivienda, o bien en sus inmediaciones en caso de que los centros no dispongan de viviendas específicas para Vigilante.
2.- Las funciones del Vigilante son de VIGILANCIA, MANTENIMIENTO GENERAL Y LIMPIEZA, además de otras que se puedan determinar por el propio Ayuntamiento y siempre dentro de las funciones que se consideran oportunas a efectos de una adecuada conservación de los centros escolares.
3.- Teniendo en cuenta que las funciones de los Vigilantes son de VIGILANCIA, MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA, y a modo de ejemplo, estas se concretarían de este modo:
a) VIGILANCIA:
· Vigilar las entradas y salidas de los alumnos según los horarios establecidos por los centros.
· Tratar que durante las horas lectivas no permanezcan en el Colegio personas o niños ajenos a la actividad escolar.
· Tratar que los niños no estropeen el edificio escolar, los jardines, material deportivo, cristales, etc.
· Estar presente en las horas de recreo establecidas para los alumnos.
· Cuidar al terminar la actividad escolar o actividades de otro tipo del Centro que el Colegio esté perfectamente cerrado en sus entradas y salidas principales, así como las luces apagadas de forma que se asegure la total vigilancia de los centros.
b) MANTENIMIENTO:
El Vigilante del Centro debe dedicar al menos cuatro horas diarias a labores de mantenimiento general del Centro y que se pasan a concretar en:
· Arreglos de fontanería, electricidad.
· Pintura de puertas, pequeñas paredes, etc.
· Carpintería, arreglo de mobiliario, etc.
· Regar los jardines, limpiar las plantas, podar, etc.
Las labores a realizar en este sentido, o bien parten de la propia iniciativa del Vigilante, o bien por orden del Alcalde o Concejal Delegado, y más concretamente por el Director/a del Centro, delegado del Ayuntamiento para el cumplimiento de estas normas.
c) LIMPIEZA:
El Vigilante, junto al personal de limpieza, deberá tratar de mantener los patios, canchas, y en general los espacios de jardinería, en perfecto estado, tratando de que no se acumulen papeles. Deberá así mismo retirar la basura de las papeleras para que ésta sea recogida por los servicios municipales de basura, etc.
Cuando los trabajos a realizar en el Centro sobrepasen las competencias o capacidad del Vigilante para realizarlos, éste comunicará al Concejal Delegado dichos trabajos para su realización por los servicios municipales y/o empresas adjudicatarias.
Haznos llegar cuál es la situación de tu centro…
Nombre del Centro
De quién depende este personal (Perfaler, Vías y obras, etc.)
Qué funciones realiza
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